Monday, 7 May 2012

SISTEMA DE PREFERENCIAS GENERALIZADAS Y EJEMPLO PRACTICO ANTIDUMPING


El Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la UE es un instrumento comercial clave de la política comunitaria de ayuda al desarollo. El SPG es un acuerdo comercial autónomo a través del cual la UE proporciona un acceso preferencial no recíproco al mercado comunitario de productos manufacturados y ciertos productos agrícolas de 176 países y territorios en desarrollo a través de la exoneración total o parcial de los derechos arancelarios.
El SPG responde a una planificación decenal que se ejecuta en períodos de tres años articulándose a través de la aprobación de reglamentos de aplicación trianual. Las últimas líneas directrices fueron adoptadas en una Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo de 7 de julio de 2004. La finalidad de estas directrices es la de garantizar la estabilidad y transparencia del SPG, definiéndose en las mismas los principales objetivos de este régimen preferencial y los instrumentos que deben utilizarse para alcanzarlos en el período 2006-2015.


EJEMPLO ANTIFUMPING:



Importación, el 1/7/2.010, de 20.000 kg de Cianoguanidina, clasificados en la partida TARIC 2926.20.00.00, con origen de China, con un valor CIF en aduana de 26.300 €. Para este producto hay un Arancel Aduanero Común del 6,5 % y un derecho antidumping definitivo del 49,1 % según el Reglamento 1331/2007. No hay códigos adicionales establecidos, lo cual significa que el antidumping es aplicable por igual a todas las empresas chinas.

La liquidación sería: 
·      26.300 * 6,5 % = 1.709,5 € de Arancel (26.300 + 1.709,5 = 28.009,5) * 49,1 % = 13.752,67 € de Antidumping
26.300 + 1.709,5 + 13.752,67 = 41.762,17 * 18 % = 7.517,19 € de IVA Total a pagar = 22.979,36 €

·      Coste del producto SIN el dumping ( 26.300 + 1.709,5 ) / 20.000 kg = 1,400 € / kg 

·      Coste del producto CON el dumping ( 26.300 + 1.709,5 + 13.752,67 ) / 20.000 kg = 2,088 € / kg


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